Como ya sabe, las sociedades mercantiles, las entidades sin personalidad jurídica y determinados profesionales están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, recibiendo éstas a través de la DEHU (Dirección Electrónica Habilitada Única). Los no obligados pueden acogerse al sistema de forma voluntaria.
Estos contribuyentes pueden seleccionar hasta 30 días naturales al año, consecutivos o no, durante los cuales la Agencia Tributaria no puede enviárselas. Son los llamados “días de cortesía”. Si tiene pensado irse de vacaciones en julio o en agosto, es conveniente que solicite estos días para evitar inconvenientes y sanciones por no atender comunicaciones recibidas de Hacienda.
¿Cómo los puede solicitar?
- Es necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
- Se debe comunicar con 7 días de antelación.
- La solicitud hay que realizarla a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de Mis Notificaciones, donde hay un enlace para solicitar estos días de cortesía. Lo pueden hacer directamente en el siguiente link:
Atención: Son días naturales y, por lo tanto, se deben marcar también los sábados y los domingos.
¿Qué sucede durante estos días de cortesía?
Durante los días señalados, la Administración no podrá poner notificaciones a tu disposición en la dirección electrónica habilitada. No obstante, NO son días inhábiles a efectos administrativos, de forma que, si hasta el día anterior al período marcado recibe una notificación telemática, la misma se entenderá notificada una vez hayan transcurrido 10 días desde la recepción de la misma, pudiendo coincidir con un día de cortesía.
Tenga presente que, si su empresa cierra todo el mes de agosto, inicie el plazo de cortesía el día 1 de agosto y finalícelo el 23 de dicho mes. Al disponer de los diez días de margen indicados, aunque reciba una notificación el día 24 de agosto, todavía estará a tiempo de acceder a ella cuando regrese al trabajo a principios de septiembre, sin perder ningún día para contestarla. De esta forma todavía le quedarán algunos días que podrá repartir durante el resto del año.
Recomendaciones
- Seleccione los 30 días lo antes posible. Hay que elegir, por lo menos, con una semana de plazo, por lo que no se puede hacer de un día para otro.
- Empiece a señalar unos días antes de irse de vacaciones, para no recibir una notificación justo el día antes de salir.
- Termine unos días antes de volver, ya que si recibe una notificación en esos días permanecerá en su buzón para ser descargada durante 10 días, por lo que podrá hacerlo cuando vuelva sin problemas.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.