El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo autonómico que se aplica a la compra de viviendas de segunda mano. En Aragón, este impuesto grava el valor del inmueble con tipos progresivos que varían según el precio de compraventa o el valor de referencia del Catastro, el que sea mayor.
Este impuesto es esencial para quienes adquieren inmuebles en Zaragoza o cualquier localidad aragonesa, ya que representa una parte significativa de los gastos adicionales asociados a la compraventa.
ITP en Zaragoza: ¿Cuánto pagarás en 2025?
El cálculo del impuesto de transmisiones patrimoniales Zaragoza se basa en una escala progresiva. Esto significa que el porcentaje aumenta según el valor del inmueble.
Te mostramos las cifras actualizadas para 2025:
Valor del inmueble (en euros) | Tipo aplicable (%) |
Hasta 400.000 € | 8% |
De 400.000 € a 450.000 € | 8,50% |
De 450.000 € a 500.000 € | 9% |
De 500.000 € a 750.000 € | 9,50% |
Más de 750.000 € | 10% |
Ejemplo práctico:
Si compras una vivienda en Zaragoza con un valor de 450.000 €, el cálculo del ITP será:
- Los primeros 400.000 € tributan al 8% = 32.000 €
- Los 50.000 € restantes tributan al 8,5% = 4.250 €
- Total a pagar: 36.250 €
ITP Aragón: Compra de vivienda con bonificaciones
En Aragón, existen bonificaciones específicas que pueden aplicarse al ITP si se cumplen ciertos requisitos:
- Menores de 35 años y personas con discapacidad igual o superior al 65%:
- Bonificación del 12,5% sobre la cuota íntegra para inmuebles con valor hasta 100.000 €.
- Familias numerosas:
- Bonificación del 50% para viviendas destinadas a ser el hogar familiar.
- Régimen especial para zonas rurales:
- Bonificación del 60% en fiscalidad diferenciada del medio rural, ideal para quienes buscan residir fuera de Zaragoza capital.
¿Cuándo se paga el ITP en Zaragoza?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) debe pagarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la firma del contrato de compraventa. Es crucial calcular bien este plazo, ya que se cuenta desde el día siguiente a la firma y los días festivos no computan. Si el último día del plazo coincide con un sábado, domingo o festivo, se podrá presentar el siguiente día hábil.
El trámite puede realizarse de las siguientes formas:
- Presencialmente: Acudiendo a las oficinas correspondientes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- De manera telemática: A través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
- Por vía telefónica: En caso de dudas, puedes contactar con las líneas de información habilitadas por la administración para guiarte en el proceso.
Es importante recordar que no presentar el ITP dentro del plazo establecido puede generar recargos, sanciones o intereses de demora.
Ventajas fiscales en Zaragoza: Baja presión fiscal
Zaragoza es reconocida como la capital española con la menor presión fiscal. Además del ITP, destacan medidas como:
- IBI mínimo legal del 0,4%.
- Bonificaciones del 90% en el IBI para familias numerosas con viviendas de hasta 40.000 € de valor catastral.
- Incentivos fiscales como el Plan de Atracción de Inversiones, con reducciones de hasta el 95% en impuestos para empresas que generen empleo en la ciudad.
Estas medidas hacen de Zaragoza un lugar atractivo tanto para vivir como para invertir en vivienda.
Conclusión
Conocer el ITP Zaragoza vivienda y los beneficios fiscales disponibles puede marcar la diferencia en el coste final de una compra. Zaragoza, con su enfoque en baja presión fiscal y bonificaciones, se posiciona como una de las mejores ciudades para adquirir un inmueble en 2025.
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Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a pagar el ITP?
El pago del ITP corresponde al comprador del inmueble. Si la operación es financiada, el banco puede gestionar el trámite; si es al contado, el comprador debe encargarse de presentarlo.
¿Cuándo se paga el ITP?
El ITP debe liquidarse en un plazo de 30 días hábiles tras la firma del contrato de compraventa. Este trámite puede realizarse de manera presencial, online o telefónica.
¿Qué bonificaciones existen en Zaragoza para el ITP?
En Zaragoza, existen bonificaciones como:
- 12,5% para menores de 35 años o personas con discapacidad si el inmueble no supera los 100.000 €.
- 50% para familias numerosas.
- 60% en zonas rurales aplicando el régimen de fiscalidad diferenciada.