Como ya conocerán, el Gobierno de Aragón, mediante el Decreto-Ley 8/2020, publicado en el BOA hoy mismo, día 21 de Octubre, ha decretado el confinamiento perimetral de Zaragoza, Huesca y Teruel desde las 00:00 horas del 22 de octubre y el pase al nivel de Alerta 3 de toda la Comunidad Autónoma desde las 00:00 horas del 26 de Octubre.
El confinamiento perimetral viene regulado en el Decreto-Ley 7/2020 y a los efectos prácticos, y de una forma resumida, supone la restricción de la libre entrada y salida de personas de su término municipal (en este caso Zaragoza), salvo en desplazamientos adecuadamente justificados, de personas residentes o no en dicho término municipal, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.
c) Retorno al lugar de residencia.
d) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
e) Asistencia del alumnado a centros educativos de cualquier nivel y etapa de enseñanza.
f) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
g) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Por ello, si su Centro de Trabajo se encuentra fuera del término municipal de Zaragoza o por su trabajo tiene necesidad de salir de éste, debe llevar un salvoconducto o cualquier otro documento que justifique la necesidad del desplazamiento. Lo mismo opera si vive en otro término municipal y su lugar de trabajo se encuentra en Zaragoza.
No se restringen los movimientos dentro del término municipal, aunque se recomienda reducirlos a lo imprescindible.
El nivel de Alerta 3, en vigor desde el próximo lunes, restringe las reuniones sociales a 6 personas, salvo que sean convivientes; en hostelería y restauración reduce el aforo al 50% en las terrazas prohibiendo el consumo dentro del establecimiento y el horario de cierre se establece hasta las 22:00 horas; se reduce así mismo el aforo al 25% en comercios minoristas y al 50% en tiendas de alimentación.
Hay otras restricciones en el ámbito educativo y formativo, cultural y de deportes, que les podremos ampliar si así lo desean.